A finales de abril de 2012, la Duma del Estado aprobó una ley sobre la elección de gobernadores, que entró en vigor el 1 de junio. Por lo tanto, después de un descanso de casi tres años, en el que los jefes de las regiones fueron nombrados para el cargo por decretos presidenciales, los gobernadores serán nuevamente elegidos y participarán en los procedimientos electorales. Es cierto que la ley establece una serie de medidas que limitan significativamente el círculo de personas elegidas.
Según la nueva ley, solo los partidos políticos pueden nominar al gobernador, de cada uno de los cuales no se pueden delegar más de tres personas. Para los auto nominados, dicha oportunidad debería estipularse en la legislación electoral regional.
Para registrarse en esta capacidad, un candidato debe recibir el apoyo del 5 al 10% de los diputados de los parlamentos regionales y las autoridades municipales. El número exacto de votos necesarios en cada región se determina de forma independiente. Para aquellos candidatos que se han nominado a sí mismos, se establece un requisito adicional: recaudar en su apoyo del 0, 5 al 2% del voto de la población local. La norma también debe estar regulada en la ley regional.
Otra innovación es el llamado "filtro presidencial", que se implementa en forma de una entrevista obligatoria del candidato con el jefe de estado. Además, el propio presidente determinará de qué forma y forma tendrán lugar estas consultas.
La ley permite una segunda vuelta de elecciones. Será posible si ninguno de los candidatos gana más del 50% más un voto del número total de ciudadanos que votaron.
Aquellos ciudadanos que tenían antecedentes penales por cometer violaciones legales graves y especialmente graves no podrán luchar por el lugar del gobernador. Los gobernadores que renunciaron por decisión del presidente con la frase "en relación con la pérdida de confianza" tampoco podrán participar en las elecciones si se celebran menos de 2 años después de su renuncia. Cuando el ex gobernador renunció por su propia voluntad, debe obtener el permiso del presidente antes de participar en las elecciones.
Los gobernadores serán elegidos por un período de cinco años. La ley establece un límite de dos términos para aquellos que desean continuar trabajando en este puesto. Aquellos gobernadores que fueron nombrados previamente para el cargo por decreto presidencial no defenderán el término de este liderazgo de la región.
Los ciudadanos tienen la oportunidad de expresar desconfianza hacia el jefe de la región y retirarlo de su puesto. Para celebrar un referéndum sobre este tema, es necesario recolectar firmas de al menos el 25% de los votantes que viven en la región.